Ley de divorcio de Connecticut
Aquí la ley que regula el divorcio en Connecticut , los
requisitos y motivos.
Chapter 815j - Dissolution of Marriage, Legal Separation and
Annulment
Segundo. 46b-40. (Anteriormente Sec. 46-32). Motivos de
disolución del matrimonio; separación legal; anulación.
(a) Un matrimonio se
disuelve solo por (1) la muerte de una de las partes o (2) un decreto de
anulación o disolución del matrimonio por un tribunal de jurisdicción
competente.
(b) Se concederá una anulación si el matrimonio es nulo o
anulable según las leyes de este estado o del estado en el que se celebró el
matrimonio.
(c) Se otorgará un decreto de disolución de un matrimonio o
un decreto de separación legal si se determina que ha ocurrido una de las
siguientes causas:
(1) El matrimonio se ha roto irremediablemente; (2) las
partes han vivido separadas por razón de incompatibilidad durante un período
continuo de al menos los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la
notificación de la denuncia y que no hay perspectivas razonables de
reconciliación; (3) adulterio; (4) contrato fraudulento; (5) deserción
intencional durante un año con total negligencia del deber; (6) siete años de
ausencia, durante todo el cual no se ha tenido noticias de la parte ausente;
(7) intemperancia habitual; (8) crueldad intolerable; (9) pena de prisión
perpetua o la comisión de cualquier delito infame que implique una violación
del deber conyugal y que sea punible con prisión por un período superior a un
año; (10) internación legal en un hospital u hospitales u otra institución o
instituciones similares, debido a una enfermedad mental, por al menos un
período acumulado de cinco años dentro del período de seis años siguientes a la
fecha de la denuncia.
(d) En una acción de disolución de un matrimonio o
separación legal por intemperancia habitual, será suficiente que se demuestre
que la causa de la acción ha existido hasta el momento de la separación de las
partes.
(e) En una acción de disolución de un matrimonio o una
separación legal por motivo de deserción intencional durante un año, con total
negligencia del deber, el suministro de apoyo financiero no podrá refutar el
total descuido del deber, en ausencia de otras pruebas. .
(f) A los efectos de esta sección, "adulterio"
significa relaciones sexuales voluntarias entre una persona casada y una
persona que no sea el cónyuge de dicha persona.
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