¿Quién recibirá más bienes en un divorcio en Florida?
¿Quién recibirá más bienes en un divorcio en Florida?
Usted quiere saber ¿quién recibirá más bienes conyugales en
un divorcio en Florida? ¿Qué factores tiene en cuenta el tribunal para asignar
más bienes a uno de los cónyuges? ¿Quién recibirá menos bienes en un divorcio
en Florida?
Saber cómo el juez dividirá la propiedad conyugal es
importante para obtener un divorcio exitoso en Florida. Esto le permite a usted
demostrar al tribunal las razones por lo que debe recibir más bienes que su
cónyuge.
Por eso aquí dejaré todo sobre qué razones existen en
Florida para entregar más bienes a uno de los cónyuges.
¿El tribunal entregará la mitad de los bienes matrimoniales a
cada uno de los cónyuges en Florida?
En un divorcio en Florida el tribunal no necesariamente
repartirá los bienes matrimoniales en partes iguales.
¿El tribunal tendrá en cuenta la mala conducta de uno de los
cónyuges para dividir la propiedad conyugal en Florida?
En Florida el
tribunal no tiene en cuenta la mala conducta conyugal para dividir los bienes conyugales. Esto
quiere decir que si usted es el cónyuge culpable es posible que pese a ello reciba
más bienes, y si usted es el cónyuge inocente eso no quiere decir que sea quien
reciba más bienes.
¿En base a que realiza el tribunal la división de los bienes
conyugales en Florida?
El tribunal dividirá los bienes conyugales según lo que
considere justo.
¿En que se basa el tribunal para realizar una división justa
de la propiedad conyugal en Florida?
En Florida, el tribunal tiene en cuenta diez factores para
realizar una división justa de los bienes conyugales. De estos factores
dependerá quién de los cónyuges recibirá más bienes conyugales. Los factores
para la división justa son los siguientes:
·
La contribución al matrimonio de cada cónyuge, incluidas las
contribuciones al cuidado y educación de los hijos y los servicios como ama de
casa. Esto quiere decir que a mayor contribución mayor cantidad de bienes a
recibir. Ejemplo: si usted dedicó muchos años de su vida como ama de casa, el
tribunal le otorgará más bienes.
·
Las circunstancias económicas de las partes. Esto quiere decir
que si sus circunstancias económicas de usted son deficientes el tribunal le otorgará
mayor cantidad de bienes.
·
La duración del matrimonio. Esto significa que si usted invirtió
muchos años de su vida en el matrimonio, recibirá una mayor cantidad de bienes.
Sin embargo, si el matrimonio solo duró un corto tiempo, los bienes a recibir
serán menos.
·
Cualquier interrupción de las carreras personales u
oportunidades educativas de cualquiera de las partes. Esto significa que si
usted dejó de estudiar, o renunció a su trabajo por causa del matrimonio, el
tribunal le entregará una mayor cantidad de bienes.
·
La contribución de uno de los cónyuges a la carrera personal u
oportunidad educativa del otro cónyuge. Esto significa que si usted tuvo que
trabajar para ayudar a su cónyuge para que este pudiera estudiar, o usted fue
quien pagó los estudios de su cónyuge, o usted contribuyó de alguna otra
manera; entonces el tribunal le entregará una mayor cantidad de bienes por su
contribución en los estudios de su cónyuge.
·
La conveniencia de retener cualquier activo, incluido un interés
en un negocio, corporación o práctica profesional, intacta y libre de cualquier
reclamo o interferencia de la otra parte. Esto significa que si usted no
recibió ayuda de su cónyuge en alguna inversión, el tribunal le asignará más
bienes.
·
La contribución de cada cónyuge a la adquisición, mejora y
producción de ingresos o la mejora de, o incurrir en pasivos, tanto de los
activos conyugales como de los activos no matrimoniales de las partes. Esto significa
que si usted contribuyó en el negocio familiar, el tribunal le entregará una
mayor cantidad de bienes. Sin embargo, si usted solo contribuyó a adquirir
deudas, el tribunal le entregará menos bienes. Ejemplo: usted adquirió una gran
deuda por un viaje de placer por el mundo, el tribunal por este hecho le
reducirá los bienes a ser entregados.
·
La conveniencia de retener el hogar conyugal como residencia
para cualquier hijo dependiente del matrimonio, o cualquier otra parte, cuando
sea equitativo hacerlo, sea en el mejor interés del niño o esa parte, y es
financieramente factible para las partes mantener la residencia hasta que el
niño sea emancipado o hasta que un tribunal de jurisdicción competente ponga
fin a la posesión exclusiva. Al tomar esta determinación, el tribunal
determinará primero si sería en el mejor interés del hijo dependiente
permanecer en el hogar conyugal; y, en caso contrario, si se otorgarían otras
acciones al otorgar a cualquier otra parte el uso y la posesión exclusivos del
hogar conyugal.
·
La disipación, desperdicio, agotamiento o destrucción
intencional de los bienes conyugales después de la presentación de la petición
o dentro de los 2 años anteriores a la presentación de la petición. Esto
significa que si su cónyuge empezó a deshacerse de los bienes para que no
puedan ser repartidos, el tribunal tendrá en cuenta ese hecho y a usted se le
otorgará más bienes para compensar esa pérdida.
·
Cualquier otro factor necesario para hacer justicia y equidad
entre las partes. Esto significa que el tribunal podrá evaluar otras
circunstancias aquí no indicadas para otorgarle más bienes a usted. Sin embargo,
es usted quien deberá demostrar que existen razones justas por las que usted
debería recibir una mayor cantidad de bienes.
Finalmente, para que usted obtenga una mayor cantidad de bienes en un divorcio en Florida, deberá demostrar que la mayoría de los factores anteriores son aplicables a su caso.
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