Requisitos para el matrimonio en ARIZONA
Requisitos para el matrimonio en ARIZONA.
Si estás pensando casarte en Arizona, y quieres saber los
requisitos para el matrimonio en Arizona, Sigue leyendo que aquí te cuento todo
sobre los requisitos del matrimonio en Arizona, quienes cumplen los requisitos
para casarse, cuánto cuesta casarse en Arizona.
¿Puedes casarte con tu familia en Arizona?
¿Puede casarse sin una licencia de matrimonio en Arizona?
¿Tiene que ser residente para casarse en Arizona?
¿Qué se requiere para casarse en Arizona?
Para casarse en Arizona se requiere que Los novios, cumplan los
requisitos para el matrimonio.
¿Puede casarse sin una licencia de matrimonio en Arizona?
No, no es posible
casarse sin una licencia de matrimonio en Arizona.
Para poder casarte en Arizona es requisito obtener una
licencia de matrimonio, esta licencia se obtiene en el secretario del tribunal
superior del condado. El matrimonio será
válido siempre que se realice la ceremonia antes de la expiración de la
licencia de matrimonio. Ariz. Rev.
Stat. § 25-111
Las personas que deseen casarse deberán solicitar una
licencia al secretario del tribunal superior y completarán y firmarán bajo
juramento una declaración jurada proporcionada por el secretario que indique el
nombre, la edad y la dirección residencial de cada solicitante. La declaración
jurada incluirá una declaración de los solicitantes de que entienden que la
información sobre enfermedades de transmisión sexual está disponible en el
departamento de salud del condado a pedido y que estas enfermedades pueden
transmitirse a sus hijos por nacer. Los solicitantes deberán proporcionar sus
números de seguro social al secretario por separado de la declaración jurada.
La declaración jurada será archivada por el secretario quien luego emitirá a
los solicitantes una licencia dirigida a las personas autorizadas por ley para
solemnizar el matrimonio y cobrará la tarifa prescrita.
La licencia en Arizona también se puede obtener en línea. Luego
de aplicar la solicitud de licencia en línea, usted recibirá un correo con una
declaración jurada que deberá enviar. Luego, recibirá una llamada y se le pedirá
el pago de la licencia. Posteriormente, en cinco días hábiles se enviará la
licencia a la dirección que usted indicó.
Para más información puede contactar en:
cocmlp@cosc.maricopa.gov
o 602-372-5375, Opción 5 si tiene alguna pregunta.
Tarifa
La tarifa de una licencia de matrimonio en Arizona es de $
83.00 pagadera en efectivo o giro postal, tarjeta de débito o tarjeta de
crédito.
Si está comprando una licencia en los Tribunales de
Justicia, solo se aceptan giros postales. Después de que se haya devuelto y
registrado la parte inferior de la licencia, se puede solicitar una copia
certificada y enviarla por correo por $ 37.50 adicionales pagaderos en el momento
en que solicita la licencia o en cualquier momento posterior, o $ 30.50 si
proporciona un tamaño comercial. , sobre sellado con su dirección en el momento
de su solicitud.
Una licencia de matrimonio es válida por doce meses a partir
de la fecha de emisión y se puede usar en cualquier parte del estado de
Arizona. No se requiere residencia, análisis de sangre ni período de espera.
Sobre el libre consentimiento. El libre
consentimiento de los novios es el principal requisito para el matrimonio en Arizona.
·
Sobre el requisito de edad. para casarse en Arizona
el requisito de edad es que los novios deberán ser mayores de 18 años de edad. Ariz. Rev. Stat. § 25-102
·
. Una persona que tenga al menos dieciséis
años de edad y que sea menor de dieciocho años puede casarse en Arizona solo si
se cumple una de las siguientes condiciones:
·
1. La persona ha recibido una orden de
emancipación de conformidad con el título 12, capítulo 15 o de un tribunal en
otro estado y el posible cónyuge de la persona no es más de tres años mayor que
la persona.
·
2. El padre o tutor que tiene la custodia de la
persona da su consentimiento para el matrimonio y el futuro cónyuge de la
persona no es más de tres años mayor que la persona.
·
B. Las personas menores de dieciséis años no
contraerán matrimonio.
·
Sobre El requisito de residencia. ¿Tiene que ser residente para casarse en Arizona?
No, no es necesario ser residente de Arizona para contraer matrimonio. Puede
obtener una licencia en cualquier condado de Arizona y usarla para casarse en
cualquier parte del estado. No es necesario obtener una licencia ni del condado
en el que reside ni del condado en el que se va a casar.
·
Sobre el requisito de identificación. Para casarse en Arizona es necesaria una
identificación con foto.
·
licencia de conducir vigente;
·
tarjeta de identificación estatal o militar;
·
pasaporte vigente;
·
u otra identificación con foto emitida por el
gobierno
·
Sobre el requisito de análisis de sangre. en Arizona
no es necesario un análisis de sangre para casarse.
·
Sobre el requisito de parentesco. ¿Puedes casarte con tu familia en Arizona? No,
no es posible casarse con la familia en Arizona. Ariz. Rev. Stat. § 25-101
·
en Arizona El matrimonio entre
padres e hijos, incluidos abuelos y nietos de todos los grados, entre hermanos
y hermanas de la mitad y de la sangre total, y entre tíos y sobrinas, tías y
sobrinos y entre primos hermanos, está prohibido y es nulo.
. No obstante los primos
hermanos pueden casarse si ambos tienen sesenta y cinco años de edad o más o si
uno o ambos primos hermanos tienen menos de sesenta y cinco años de edad, con
la aprobación de cualquier juez de la corte superior del estado si se ha
demostrado que Se ha presentado al juez que uno de los primos no puede
reproducirse.
El matrimonio entre personas
del mismo sexo es nulo y está prohibido.
·
Sobre el requisito de presencia de ambos novios.
Ambas
partes deben presentarse en persona con una forma válida de identificación
emitida por el gobierno. En los condados donde se puede obtener una licencia
por internet no es necesario comparecer en persona.
·
·
Sobre el requisito de tener testigos para el
matrimonio. En Arizona es requisito tener dos testigos para el matrimonio, los
testigos deberán ser mayores de 18 años de edad.
·
Sobre la ceremonia. ¿Quiénes están autorizados a celebrar la
ceremonia de matrimonio en Arizona? En Arizona están autorizados a celebrar
matrimonios los siguientes:
Ariz. Rev.
Stat. § 25-124
1. Clérigos debidamente licenciados u ordenados.
2. Jueces de tribunales de antecedentes.
3. Jueces de tribunales municipales.
4. Jueces de paz.
5. Jueces de la corte suprema de Estados Unidos.
6. Jueces de tribunales de apelaciones, tribunales de
distrito y tribunales creados por una ley del Congreso si los jueces tienen
derecho a ocupar sus cargos durante el buen comportamiento.
7. Jueces de tribunales de quiebras y tribunales fiscales.
8. Magistrados de los Estados Unidos.
9. Jueces de la corte de apelaciones militares de Arizona.
B. Para los propósitos de esta sección, "clérigos con
licencia u ordenados" incluye ministros, ancianos u otras personas que por
las costumbres, reglas y regulaciones de una sociedad o secta religiosa están
autorizados o permitidos para solemnizar matrimonios u oficiar en ceremonias
matrimoniales.
La licencia debe ser devuelta al secretario antes de los 30
días contados desde celebrada la ceremonia.
Centro de servicio al cliente del centro - 601 W. Jackson
St., Phoenix, AZ 85003
Tribunal Regional Noreste - 18380 N. 40th St., Phoenix, AZ
85032
Tribunal Regional Noroeste - 14264 W. Tierra Buena Ln.,
Surprise, AZ 85374
Centro de tribunales regionales del sureste - 222 E
Javelina, Mesa, AZ 85210
Dirección física Ver el mapa
100 Quality Hill Road
Bisbee , AZ 85603
Direcciones
Teléfono: 520-432-8600
Fax: 520-432-4850
Horas
de lunes a viernes
8 a. M. A 5 p. M.
Oficina Sierra Vista
Dirección física Ver el mapa
100 Colonia de Salud
Suite 200
Sierra Vista , AZ 85635
Direcciones
Teléfono: 520-803-3060
Fax: 520-458-4148
Horario de
lunes a viernes de
8 a. M. A 5 p. M.
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